La inscripción, paso a paso

Quince días hábiles, trámite exclusivamente telemático y gratuito. Y dos decisiones dentro del formulario con fecha de caducidad.

Última actualización: 13 de agosto de 2026

El plazo es de 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOE, y la solicitud se presenta de forma telemática por la sede electrónica del Ministerio, identificándose con Cl@ve.

La participación es gratuita. El apartado 6 de la convocatoria lo dice con esas palabras: «La participación en la prueba de evaluación será gratuita». No hay derechos de examen, a diferencia de prácticamente cualquier oposición, ni cuenta bancaria que consignar, ni justificante que adjuntar. Tampoco hay límite de plazas: no es un proceso selectivo por concurrencia, sino una evaluación de aptitud.

Los requisitos

RequisitoCuándo hay que cumplirlo
Licenciatura o Grado en Derecho, o título equivalenteAntes del inicio del curso de formación especializada
Haber superado el curso de formación y las prácticas externas tuteladasA la fecha en que se realice la prueba
Ser mayor de edad y no estar inhabilitadoA la fecha en que se realice la prueba

Los títulos obtenidos en el extranjero necesitan homologación o convalidación previa. Y el documento acreditativo de la finalización del máster puede presentarse hasta diez días hábiles después de la prueba, lo que da algo de margen a quien termina el curso justo.

Dónde se hace, exactamente

En la sede electrónica del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, no en la web del colegio ni en la de la universidad. Es un trámite estatal y único para todo el territorio, y esa centralización es la razón de que no haya plazos distintos por comunidad autónoma.

La identificación se hace con Cl@ve, que admite DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN y Cl@ve Permanente. Conviene comprobar que el sistema funciona antes de que se abra el plazo: renovar un certificado caducado o activar Cl@ve Permanente lleva días, no minutos, y el plazo es de quince días hábiles.

La documentación, en dos momentos

La convocatoria distingue lo que se aporta al inscribirse de lo que puede llegar después, y esa distinción es la que evita la mayoría de las exclusiones.

DocumentoCuándo
Fotografía del rostro actualizada, tamaño carné, en JPGCon la solicitud; su ausencia excluye
Identidad y título de Grado o LicenciaturaSolo si no autorizas la consulta de oficio
Credencial de homologación, si el título es extranjeroCon la solicitud
Acreditación de finalización del másterHasta diez días hábiles después de la prueba
Dictamen técnico facultativo, si pides adaptaciónDentro del plazo de inscripción

La fotografía es la causa de exclusión más absurda y más frecuente, porque parece un trámite menor y la convocatoria dice expresamente que no aportarla excluye. Tenerla preparada antes de empezar el formulario cuesta cinco minutos.

Fechas clave, en orden

HitoPlazo
Publicación de la convocatoria en el BOETres meses de antelación mínima
Presentación de solicitudesQuince días hábiles desde el día siguiente
Lista provisional de admitidosTras el cierre del plazo
Subsanación de defectosDiez días hábiles
Lista definitivaFija la fecha y hora del ejercicio
Fase demoDías anunciados en la web del Ministerio
PruebaLa fijada en la lista definitiva

Nótese que la fecha del examen no está en la convocatoria: la fija la resolución que publica la lista definitiva. Hasta ese momento hay convocatoria pero no hay día cerrado sobre el que planificar la recta final.

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Los cuatro campos que deciden

Cuatro, y dos de ellas condicionan el examen. La especialidad, entre las cuatro posibles: la convocatoria no la sella al enviar la solicitud, sino que impide modificarla a partir de la publicación del listado definitivo de admitidos y excluidos, de modo que hasta ese momento hay margen para rectificar. Y el idioma, castellano o lengua cooficial, que también se señala aquí. Lo que no se decide en el formulario es el derecho foral: quien elija civil y mercantil lo selecciona el día del examen, y solo afecta a la pregunta 25.

Las otras dos son el correo electrónico, que será el que reciba el código de acceso y debe ser personal e intransferible, y la elección sobre la expedición del título, que en Andalucía y Cataluña corresponde a la comunidad autónoma.

Hay además un requisito documental que causa exclusiones evitables: una fotografía del rostro actualizada, tamaño carné, en archivo JPG. La convocatoria dice expresamente que no aportarla es causa de exclusión.

El correo electrónico no es un dato menor

La convocatoria exige que sea personal e intransferible y advierte de que servirá para la realización de la prueba: es la cuenta a la que llega el código de acceso a la plataforma y la que debe usarse el día del examen.

Un correo corporativo con filtros agresivos, o uno que se deje de usar entre la inscripción y el examen, es un riesgo innecesario en un trámite donde el código es imprescindible y no se puede obtener una vez iniciada la prueba.

Admisión y subsanación

Publicada la lista provisional, hay 10 días hábiles para subsanar el defecto que motivó la exclusión u omisión. Quien no subsane en plazo se tiene por desistido, y la subsanación también es telemática.

La resolución con la lista definitiva es la que fija la fecha y la hora del ejercicio, así que hasta entonces no hay fecha cerrada aunque la convocatoria se publique con tres meses de antelación.

Lo que se puede autorizar de oficio

La convocatoria permite autorizar expresamente al Ministerio a consultar los datos de titulación e identidad, y también a recabar la información académica directamente de las universidades. Hacerlo ahorra adjuntar documentación.

Quien no lo autorice deberá presentar junto a la solicitud la documentación acreditativa de identidad y del título de Grado o Licenciatura, o la credencial de homologación. No es un problema, pero sí trabajo que se evita marcando una casilla.

Adaptaciones por discapacidad

Quien tenga un grado de discapacidad igual o superior al 33 % debe solicitar las adaptaciones en el momento de la inscripción, aportando dentro del mismo plazo el dictamen técnico facultativo del órgano que valoró el grado.

La convocatoria advierte de que la adaptación no es automática: solo procede cuando la discapacidad guarde relación directa con la prueba, y corresponde a la Dirección General resolver su procedencia y concreción.

Impugnar preguntas y pedir revisión no son lo mismo

Aquí se pierde más de una reclamación por confundir dos trámites que no comparten ni objeto ni plazo. La convocatoria abre dos vías, en momentos distintos, y quien deja pasar la primera no la recupera por la segunda.

 Impugnación de preguntasRevisión de la calificación
Contra quéLa plantilla provisional de respuestasLas calificaciones definitivas
Plazo5 días hábiles desde su publicación3 días hábiles desde su publicación
Motivo admisibleEl contenido de la pregunta o de la respuesta tenida por correctaSolo errores materiales de corrección
MomentoLa plantilla provisional se publica el primer día hábil siguiente al examenUna vez resueltas las impugnaciones y publicadas las calificaciones

La consecuencia práctica es tajante: si crees que una pregunta está mal formulada, o que la respuesta tenida por correcta no lo es, el momento es el de la plantilla provisional, y tienes cinco días hábiles. Guardarse el argumento para «cuando salgan las notas» equivale a renunciar a él, porque la revisión posterior no reabre el contenido de las preguntas: solo corrige errores materiales de corrección.

De ahí una costumbre que conviene adquirir antes del examen: anotar durante la prueba el número de las preguntas dudosas y el motivo. La plantilla provisional aparece el primer día hábil siguiente, cuando el enunciado discutible todavía se recuerda; cinco días hábiles después no hay trámite que valga.

Ambos escritos se dirigen a la Comisión Evaluadora, única para toda España. No hay instancia territorial a la que acudir, y una impugnación estimada beneficia por igual a todos los aspirantes: la pregunta anulada se sustituye por la primera de reserva de su mismo apartado.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta el examen de acceso a la abogacía?

Nada. El apartado 6 de la convocatoria establece que la participación en la prueba de evaluación será gratuita.

¿Cuánto dura el plazo de inscripción?

Quince días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOE.

¿Cuándo se sabe la fecha del examen?

La fija la resolución que publica la lista definitiva de admitidos y excluidos, después del plazo de subsanación. Se publica en la web del Ministerio, no en el BOE.

¿Puedo cambiar de especialidad después de inscribirme?

Sí, hasta la publicación del listado definitivo de admitidos y excluidos. A partir de ese momento la elección ya no puede modificarse.

¿Cómo se impugna una pregunta del examen?

Mediante escrito dirigido a la Comisión Evaluadora dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación de la plantilla provisional de respuestas. Es un trámite distinto de la revisión de la calificación, que se pide en 3 días hábiles desde las calificaciones definitivas y solo por errores materiales.

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Fuentes oficiales

Verificables en el «Boletín Oficial del Estado» y en el portal del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.

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