Actualidad del acceso a la Abogacía

Dónde está el acceso a la abogacía en agosto de 2026: qué convocatorias constan publicadas, qué reglamento rige de verdad y qué cambios normativos de los dos últimos años sigue sin recoger buena parte del material de preparación.

Última actualización: 13 de agosto de 2026

El estado del acceso, a 13 de agosto de 2026

Un resumen de situación, con la fecha por delante para que envejezca a la vista y no por sorpresa.

AsuntoSituación
1.ª convocatoria de abogacía de 2026Confirmado Orden PJC/298/2026, de 24 de marzo (BOE-A-2026-7323, de 31 de marzo). Examen celebrado el 2 de julio de 2026
2.ª convocatoria de abogacía de 2026No consta publicada a fecha de esta actualización
Convocatoria de procura de 2026No localizada. La última verificada es la Orden PJC/691/2025, de 3 de julio
Reglamento aplicableConfirmado El del Real Decreto 775/2011, reviviscente tras la anulación del Real Decreto 64/2023
Reglamento nuevo que sustituya al anuladoNo consta aprobado. Tampoco hemos podido verificar en qué fase está su tramitación, si ha comenzado

La fecha del examen del 2 de julio se fijó por resolución de 22 de mayo de 2026, publicada en el portal del Ministerio y no en el BOE: es la razón de que muchos calendarios de academia la incorporaran tarde. De los resultados de esa convocatoria no publicamos cifras agregadas, porque el Ministerio no las publica: difunde la relación nominal de aptos, la plantilla y las listas de admitidos, y nada más.

Lo que no consta, y por qué no lo fechamos

En agosto es cuando más circulan fechas de la segunda convocatoria. Conviene recordar de dónde viene la costumbre y qué obliga de verdad. El artículo 18 del Reglamento del Real Decreto 775/2011 exige «periodicidad mínima anual» y una publicación con tres meses de antelación a la prueba. No exige dos convocatorias al año.

Que en 2024 y en 2025 hubiera dos pruebas de abogacía es práctica administrativa reciente, no una regla. Y en procura la práctica de esos mismos años fue de una sola convocatoria anual. De ahí que aquí no encuentres una fecha estimada para la segunda de 2026: mientras no aparezca en el BOE, cualquier fecha es invención, incluida la que se obtiene calcando el calendario del año anterior.

Lo único que sí puede anticiparse es la aritmética del plazo: cuando esa orden se publique, entre su publicación y el examen habrá al menos tres meses, y el plazo de inscripción será de quince días hábiles desde el día siguiente. Con eso basta para planificar sin inventar.

Los dos trámites de después del examen que se confunden

Terminada la prueba del 2 de julio, la confusión más cara de cada convocatoria no es normativa sino de calendario. Impugnar preguntas y pedir revisión de la calificación son trámites distintos, con plazos distintos y objetos distintos.

La plantilla provisional se publica el primer día hábil siguiente al examen y contra ella caben impugnaciones de preguntas durante cinco días hábiles. La revisión de la calificación es otra cosa: tres días hábiles desde las calificaciones definitivas y solo por errores materiales de corrección. Quien deja pasar el primer plazo esperando al segundo se queda sin el bueno, porque en el segundo ya no se discute el contenido de una pregunta.

Los cambios de 2024-2026 que el material no ha incorporado

El acceso se ha movido bastante en dos años, y no siempre por donde se mira. Estos son los cambios con efecto directo sobre lo que entra en el examen o sobre el marco que lo gobierna.

NovedadQué suponeDónde aparece
Ley Orgánica 5/2024, del Derecho de DefensaRégimen del derecho de defensa y confidencialidad de las comunicaciones con el clienteEpígrafe 12 del programa, con rúbrica propia
Ley Orgánica 1/2025, de eficiencia del Servicio Público de JusticiaTribunales de Instancia y Oficinas de Justicia en los Municipios; nueva planta y nueva terminologíaEpígrafe 13, junto a la demarcación y planta
Anulación del Real Decreto 64/2023 (STS de 17 de diciembre de 2024, BOE de 19 de febrero de 2025)Revive el Reglamento del Real Decreto 775/2011, que es el que aplica la convocatoriaMarco del acceso; también materia de organización profesional
Reglamento de Procedimiento Disciplinario del CGAE, de 28 de junio de 2024 (en vigor el 2 de septiembre de 2024)Tramitación de los expedientes disciplinarios colegialesResponsabilidad disciplinaria, epígrafes 3 y 8
Ley 2/2026, de 29 de julio (BOE de 31 de julio de 2026)Pasarela voluntaria al RETA para mutualistas alternativos, con plazo abierto tras su reglamento de desarrolloPrevisión social, epígrafe 6. Posterior al corte de la 1.ª convocatoria de 2026

Dos cautelas sobre la última fila, porque es la que peor se está contando. La primera: la Ley 2/2026 no suprime la alternativa entre mutualidad y RETA para quien se colegia hoy; regula la salida de quien ya está dentro del sistema alternativo. La segunda: circula que los nuevos mutualistas quedarán obligados al RETA a partir de 2027, y eso procede de un anuncio ministerial de 2024, no de lo que la ley aprobó.

Y una consecuencia de calendario que conviene tener presente: una norma publicada después de la convocatoria no entra en ese examen aunque el día de la prueba ya esté en vigor. Es la regla del apartado 12, y la explicamos en la primera de las entradas.

La norma que aún no está en vigor y sí entra en el examen

Las preguntas se ajustan a la normativa publicada en el BOE a fecha de convocatoria, aun cuando no hubiese entrado en vigor. Para 2026 el corte es el 31 de marzo, y la comprobación que zanja cualquier duda cabe en dos gestos.

Cómo etiquetamos la información

Para que distingas de un vistazo un hecho de una expectativa, etiquetamos cada afirmación:

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Páginas de referencia

Preguntas frecuentes

¿Hay ya segunda convocatoria de abogacía de 2026?

No consta publicada a 13 de agosto de 2026. El Reglamento solo exige periodicidad mínima anual, de modo que su ausencia no es una anomalía ni permite fechar nada.

¿Y convocatoria de procura de 2026?

Tampoco la hemos localizado. La última verificada es la Orden PJC/691/2025, de 3 de julio.

¿Qué reglamento rige hoy el acceso?

El aprobado por el Real Decreto 775/2011, que recobró vigencia al ser anulado el Real Decreto 64/2023 por sentencia del Tribunal Supremo de 17 de diciembre de 2024.

¿Cuándo se sabrá la fecha del próximo examen?

Al publicarse la orden de convocatoria en el BOE, con al menos tres meses de antelación a la prueba. Hasta entonces, cualquier fecha que circule es una suposición.

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Fuentes oficiales

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